Supongo que habréis visto que el Tribunal Constitucional ha avalado la constitucionalidad de
los acuerdos con la Santa Sede (sobre Enseñanza y Asuntos Culturales) del año 1979. Los artículos de los que se cuestionaba su constitucionalidad se referían a la capacidad de la Iglesia para seleccionar las personas que resulten idóneas para impartir clases de religión en los colegios.
Parece que la Iglesia se ha comportado como un departamento de Recursos Humanos especialmente quisquilloso: no ya se trata de que los profesores tengan que mantener una actitud impoluta en sus centros de trabajo, sino que han de comportarse en todos los aspectos de su vida como buenos cristianos. Si el Obispado se entera de que un docente de religión desarrolla algún tipo de actividad contraria a lo que ha de esperarse de un buen cristiano, despide a los docentes y punto. Al Obispado no le importa sólo el que los docentes desarrollen correctamente su trabajo, sino que intenta averiguar si desarrollan con la misma corrección su vida privada.
Esta situación es completamente distinta de la que viven el resto de docentes: aunque a un profesor de matemáticas le tangan con el cambio en un supermercado, o aunque un profesor de geografía se equivoca al tomar una salida de la M-30, nadie tiene derecho a despedirles. No han de ser "matemáticos integrales" ni "geógrafos integrales" en todos los aspectos de su vida. Los profesores de religión, en cambio, han de mantener en todos los aspectos de su vida la integridad moral que ha de caracterizar a un referente para el cristianismo. Yo diría que se está violando el derecho a la intimidad (
Artículo 18 de la Constitución Española).
Esto no tiene que ver sólo con la enseñanza en los Centros Públicos. Si se mostrase que a un trabajador de Telefónica le han despedido porque le gusta chupársela a su novio (otro problema es la dificultad real que tendría cualquier demandante para probar que el motivo real del despido ha sido éste), el despido resultaría tan improcedente como si se demostrase que ha sido despedido por negro, mujer o budista. A las empresas se les exigen unas condiciones (como el respeto al Estatuto de los Trabajadores) que parece que no se exigen a la Iglesia cuando actúa como contratadora.
Es verdad que el contratador real de los profesores de religión es el Estado (es como si Telefónica contratase y pagase a quien yo le diga, y no tuviese ningún derecho a cuestionar mis decisiones). También es verdad que
la sentencia del Constitucional no avala directamente esta violación del derecho a la intimidad y del derecho a no ser discriminado por motivos ideológicos. Más bien parece que lo que hace es meramente avalar que el acuerdo que se firmó con la Santa Sede es un acuerdo legítimo, constitucional, y que por esa vía no tiene sentido intentar solucionar la situación de los profesores de religión. Parece entonces que la única vía para solucionarlo sería mandar a tomar por culo los acuerdos con la Santa Sede.
Me da la sensación, por todo esto, de que la sentencia del Tribunal Constitucional tiene al menos las virtudes de esclarer la significación de aquellos acuerdos, y de mostrar que las relaciones que la Iglesia exige con sus miembros son de vasallaje absoluto.
Paro ya de soltar el rollo. ¿Qué os parece a vosotros todo esto? ¡Necesitamos otro alcalde filósofo y comunista!